Decálogo del libro (1971)

1.- Todos tienen derecho a leer.

2.- Los libros son indispensables para la educación.

3.- La sociedad tiene el deber especifico de crear condiciones propias para la activad creadora de los autores.

4.- Una vigorosa industria editorial es indispensable para el desarrollo nacional.

5.- Unos equipos adecuados de fabricación son indispensables para la industria editorial.

6.- Los libros prestan un servicio fundamental de enlace entre el editor y el lector.

7.- Las bibliotecas son un medio valiosísimo para la difusión de la información y del conocimiento, para el disfrute del saber y de la belleza.

8.- La documentación presta a la causa del libro un valioso servicio al reunir y poner a la disposición del publico el material básico de consulta.

9.- La libre circulación de los libros entre los países constituye el complemento indispensable de la producción nacional y favorece la comprensión internacional.

10.- Los libros sirven a la causa de la comprensión internacional y la cooperación pacifica.

Aprobado en Bruselas, a 22 de octubre de 1971, por el Comité de Apoyo al Año Internacional del Libro.

Aunque se firmara en 1971 sigue teniendo plena vigencia a día de hoy.

Visto en devoradoresdesimbolos.blogspot.com



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